domingo, 29 de mayo de 2011

EL P.A.E.

El suministro de alimentos a los estudiantes, es un programa que nos alegra, pero no por ello olvidamos que el Plan Papa y al parecer ahora en el Plan de Alimentación Escolar P.A.E., la falta de control ha permitido la presencia de irregularidades y atropellos.

He sido informado que el Consorcio Alimentar por Boyacá, uno de los operadores del programa en el departamento y particularmente en Tunja, registra situaciones que deben ser investigadas y corregidas.

Por ejemplo, la vinculación laboral del personal administrativo y de operarias, debe ser examinada por el Ministerio de la Protección Social, ya que no existen contratos escritos y no se paga seguridad social ni auxilio de transporte.

A las señoras que preparan los almuerzos y refrigerios, no les han cancelado en el presente año su sueldo, y fueron obligadas a firmar un documento mediante el cual renuncian a sus derechos laborales, con la excusa de ser madres voluntarias.

La remuneración que deben recibir éstas mujeres se calcula así: $120, por el número de almuerzos servidos, por los días trabajados y dividido en el número de operarias. Lo que no siempre garantiza el mínimo legal mensual vigente.

Dichas operarias laboran de 6 a.m. a 5 p.m., y a pesar de ser una necesidad en virtud del oficio que realizan, tampoco reciben guantes, calzado adecuado y delantal.

De otro lado, la calidad de los alimentos suministrados debe ser certificada, pues en muchas ocasiones, se reciben en las instituciones educativas con faltantes o en estado de descomposición.

Si bien el ICBF ha conceptuado que verdura y proteína son insustituibles en la dieta y preestablece su presencia en todas las minutas, nuestras fuentes aseguran, que son precisamente las que faltan en el menú diario.

En la práctica, el huevo reemplazó al pollo en el menú y ese menor costo se transfiere convertido en ganancia al Consorcio, en detrimento de la dieta que se contrató pensando en el bienestar de nuestros estudiantes.

En consideración a que algunos empleados lo aseguran, dejo una inquietud adicional para la Personería, Defensoría del Pueblo y Procuraduría, Señores, ¿estamos ante el mismo operador con distinta razón social?

domingo, 22 de mayo de 2011

¡POR FIN!

El ejercicio de la autoridad desde la orilla de la intolerancia, se convierte rápidamente en abuso de ella y en violación a los derechos humanos de los ciudadanos.


En Tunja, dicha situación es “normal” y el sector social que con más frecuencia sufre todo tipo de maltratos son los habitantes de calle, a quienes incluso se les tiene prohibido circular en el centro histórico.


El pasado martes 10 de mayo sobre las 7:12 p.m. por fin la ciudadanía tunjana reaccionó indignada, y dejó ver su inconformidad por el comportamiento agresivo de unos agentes del departamento de policía Boyacá.


Dos policías bachilleres le propinaron violenta paliza a “Rambo”, un joven adicto a la inhalación de pegante, y quien como consecuencia de ello, presenta grave dificultad para desplazarse.


En forma muy agresiva, los bachilleres le exigieron el frasco de pegante y “Rambo” lo entrego, pero inexplicablemente fue inmediatamente agredido a puñetazos y puntapiés.


Al caer, su cuerpo quedó atrapado de bruces entre el sardinel del jardín y una palmera de la Plazoleta de San Francisco, y allí continuaba recibiendo la paliza, siendo necesario llamar al comando central.


Los indignados ciudadanos en presencia de una funcionaria de la Defensoría del Pueblo casualmente allí presente, exigían a los motorizados recién llegados, que a “Rambo” se le brindara atención médica.


La respuesta siempre fue esperar la llegada de los bomberos, pero ello jamás ocurrió; y dando tumbos, “Rambo” se incorporó y alejó de la Plazoleta, ante la mirada displicente de los cuatro agentes de policía.


Algo está fallando, la educación ó adiestramiento que se recibe está convirtiendo a muchos colombianos en depredador de sus congéneres, y ante la barbarie, el silencio nos hace cómplices.


A muchos de quienes presenciamos tan vergonzoso abuso de autoridad, nos queda la triste certeza, que éste hecho como tantos otros, pasará sin que se tome ningún correctivo.


Es por ello pertinente a futuro, que el informe de seguridad y orden público, no sea presentado a puerta cerrada ante el Alcalde y Concejo, sino ante la comunidad, a fin de procurar respeto a sus derechos.

lunes, 2 de mayo de 2011

D-ESPACIO

Como no existe una alternativa del gobierno municipal, al reto que plantean las ventas ambulantes, se integró la Unidad Permanente para la Organización, Control y Vigilancia del Espacio Público, contratando por prestación de servicios a quince personas con una remuneración total mensual de $26 millones.

Hoy, a dichas personas es común verlas en el Centro Histórico de la ciudad, vistiendo una chaqueta blanca, contramarcada con el eslogan del plan de desarrollo Para Tunja…Lo Mejor.

Dicho unidad de apoyo logístico, no tiene facultad para efectuar decomisos de mercancías en la ciudad de Tunja, ya que la administración municipal no puede delegar en ella, facultades inherentes a las autoridades de policía.

Corresponde única y exclusivamente a los Inspectores de Policía en ejercicio de funciones, ordenar y practicar conforme a derecho, las diligencias que tengan por objeto el decomiso o retención de mercancías.

Sólo si se ha surtido dicho trámite, los integrantes de la unidad están facultados para recoger, embalar, inventariar y trasladar adecuadamente al sitio que determine el inspector, las mercancías que éste ha ordenado retener ó decomisar.

Los productos perecederos decomisados, deben ser entregados inmediatamente a entidades de caridad, dejando constancia en acta. Otro tipo de mercancías, mediante resolución podrán ser retenidas hasta por noventa días en la bodega de la Secretaría de Gobierno municipal ó incautadas.

Dos inquietudes acerca de los productos no perecederos. Cuando son retenidos, ¿Quién responde por deterioro o faltantes? y cuando son decomisados, ¿Cuál es su destino final? Bueno, tienen la palabra los organismos de control.

Ejercer con transparencia el procedimiento antes descrito, evita dificultades futuras a la Unidad de Control, ante la eventual comisión del punible por usurpación de funciones públicas, de que trata el artículo 425 del Código Penal.

Andar d-espacio respetando los derechos del otro, resulta ser la mejor recomendación para la convivencia ciudadana, en tiempos en los que brillan por su ausencia las políticas de generación de empleo y beneficio social.